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mayo  4, 2024

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Breve análisis regulatorio sobre la razón social o denominación de las aseguradoras y reaseguradoras en Argentina

Por María José Sánchez y Marina Szymanowicz


“La regulación estatal sobre la actividad aseguradora apunta a encauzar una actividad específica, en la que convergen intereses vinculados no sólo con las economías privadas sino con la nacional, la producción en general y la confianza pública, por lo que se hace menester un control permanente que se extienda desde la autorización para operar hasta la cancelación .En ese sentido, la SSN reviste el carácter de garante de la confianza pública sobre la actividad aseguradora mediante sus diversas facultades establecidas en la Ley N° 20.091. Por el contrario, en razón de lo desarrollado, se han visto las sucesivas reglamentaciones dictadas por la SSN en la materia, tendientes a garantizar la plena tutela de los derechos de asegurados y asegurables y con ello, la confianza pública sobre esta actividad en particular.”

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Términos mencionados en esta doctrina: actividad, confianza, aseguradora.

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